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Retención de IRPF en facturas de autónomos: cuándo aplicarla y cómo declararla

10 April 20268 min read

La retención de IRPF en las facturas de los autónomos es uno de los conceptos fiscales que más dudas genera entre los contratistas de construcción en España. Un electricista que factura a una promotora, un fontanero que trabaja para una empresa de servicios de mantenimiento o un pintor que presta sus servicios a un administrador de fincas debe incluir en su factura una retención a cuenta del IRPF que el cliente ingresará directamente en Hacienda en nombre del autónomo. Este mecanismo existe para garantizar que los autónomos vayan pagando su impuesto a lo largo del año de forma anticipada, en lugar de liquidar todo el impuesto en la declaración de la renta de mayo del año siguiente.

Cuándo es obligatorio aplicar la retención de IRPF

La retención de IRPF solo es obligatoria cuando el destinatario de la factura es un empresario o profesional —una empresa, una sociedad, otro autónomo actuando en su actividad— y no cuando el cliente es un particular. Si un fontanero repara una avería en la vivienda de un particular, no aplica retención. Si ese mismo fontanero realiza el mantenimiento de las instalaciones de una empresa, sí debe aplicarla. También existe una excepción para las actividades agrícolas, ganaderas y determinadas actividades específicas, pero no afectan al sector de la construcción. La normativa que regula esta obligación es el artículo 101 de la Ley 35/2006 del IRPF y el artículo 95 del Reglamento del IRPF (Real Decreto 439/2007).

El tipo general del 15% y el tipo reducido para nuevos autónomos

El tipo de retención general aplicable a los rendimientos de actividades económicas de los autónomos es el 15%. Este porcentaje se aplica sobre la base imponible de la factura —el importe antes de IVA—, y el cliente lo descuenta del importe total que paga al autónomo para ingresarlo en Hacienda. Los autónomos que se dan de alta por primera vez o que no han ejercido actividad en el año anterior y en los dos años previos pueden aplicar un tipo reducido del 7% durante el año de inicio de la actividad y los dos siguientes. Para acogerse a este tipo reducido, el autónomo debe comunicárselo expresamente al cliente en cada factura, indicando que se trata de un período de reducción del tipo de retención por inicio de actividad y que cumple los requisitos establecidos en el artículo 95.1 del Reglamento del IRPF.

Cómo se incluye la retención en la factura

La estructura de una factura con retención de IRPF tiene cuatro líneas esenciales: la base imponible, el IVA aplicado, la retención de IRPF con signo negativo, y el total a pagar que resulta de sumar la base y el IVA y restar la retención. Por ejemplo, si un electricista factura un trabajo por 1.000 euros más IVA al 21%, la factura mostrará una base imponible de 1.000 euros, una cuota de IVA de 210 euros, una retención de IRPF de 150 euros (15% de 1.000 euros) y un total a pagar de 1.060 euros (1.000 + 210 - 150). El cliente paga 1.060 euros al autónomo y 150 euros a la AEAT en nombre del autónomo mediante el modelo 111 trimestral. La retención no es un descuento: es un pago anticipado del IRPF del autónomo que se compensa en su declaración de la renta anual.

El modelo 130: el pago fraccionado trimestral del IRPF

Además de la retención que aplican sus clientes empresarios, los autónomos en estimación directa deben presentar el modelo 130 cada trimestre para ingresar un pago fraccionado a cuenta del IRPF anual. El importe del modelo 130 se calcula como el 20% del rendimiento neto de la actividad acumulado desde el 1 de enero —ingresos menos gastos deducibles—, deduciendo los pagos fraccionados del trimestre anteriores y las retenciones que los clientes han practicado sobre las facturas del autónomo. Esto significa que si el autónomo tiene muchos clientes que le retienen el 15%, su modelo 130 puede resultar en cero o en una cantidad mínima, porque las retenciones ya cubren buena parte del impuesto generado. Los plazos de presentación del modelo 130 son del 1 al 20 de los meses de abril, julio, octubre y enero para los cuatro trimestres.

El modelo 111: cómo declara el cliente las retenciones practicadas

Desde el punto de vista del cliente que contrata al autónomo, las retenciones practicadas sobre las facturas recibidas deben declararse e ingresarse en la AEAT mediante el modelo 111 con carácter trimestral. El modelo 111 también se utiliza para declarar las retenciones sobre los salarios de los trabajadores por cuenta ajena. En él figuran el número de personas sobre las que se han practicado retenciones, el importe total de los rendimientos satisfechos y el importe total de las retenciones. Al final del año, el cliente también debe presentar el modelo 190, que es el resumen anual de las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, y enviar a cada autónomo un certificado de retenciones con el resumen de lo que le ha pagado y retenido durante el año, que el autónomo necesita para elaborar su declaración de la renta.

Casos especiales: módulos y actividades agrícolas

Los autónomos acogidos al régimen de estimación objetiva por módulos —conocido popularmente como módulos— no presentan el modelo 130 sino el modelo 131. El tipo de retención que deben indicar en sus facturas cuando sus clientes son empresarios sigue siendo el 1% si la actividad está incluida en la Orden ministerial de módulos, en lugar del 15% general. Esto puede generar confusión cuando un cliente espera ver un 15% y el autónomo aplica el 1%. La diferencia está justificada por el propio sistema de módulos, que calcula el rendimiento presunto de la actividad a tanto alzado, sin deducción de gastos reales, lo que implica que la carga fiscal se calcula de forma diferente y el pago anticipado mediante retención es menor.

Gestión de retenciones e IRPF con QuotCraft

QuotCraft permite configurar el tipo de retención de IRPF de cada cliente autónomo —15% general o 7% reducido para nuevos autónomos— y lo aplica automáticamente al calcular el total de cada factura. El sistema desglose con claridad la base imponible, el IVA, la retención y el importe neto a cobrar, generando un documento perfectamente legible para el cliente. Al final de cada trimestre, QuotCraft proporciona un resumen de las retenciones practicadas y los importes base declarados, que facilita la preparación del modelo 130 con el asesor fiscal o directamente en la sede electrónica de la AEAT. Esta integración entre la facturación y la información fiscal trimestral ahorra tiempo y reduce los errores en las declaraciones.

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